Como trabajador es importante conocer todos los derechos y ventajas a tu alcance. Y uno de los aspectos más relevantes a saber es que sí, puedes llegar a cobrar el 100% de tu base reguladora desde el primer día de la baja, pero solo si tu convenio colectivo así lo obliga.
Qué debes saber acerca de las bases reguladoras y los convenios colectivos
La regla general dice que en una baja por enfermedad común o accidente no laboral, el trabajador no cobra nada durante los 3 primeros días de baja, mientras que luego se aplica el 60% de la base de los días 4 a 20 y el 75% a partir del día 21.
Dicho esto, el escenario cambia cuando la baja deriva de un accidente laboral o una enfermedad profesional. En estos casos, el trabajador percibe el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al accidente o al inicio de la baja.
Lo que se puede considerar como 'accidente laboral' cambia bastante dependiendo del empleo: por ejemplo, un trabajador de obra que sufra una lesión al estar trabajando con una herramienta o material específico sí podría acogerse a este derecho.
Entonces, ¿cómo se alcanza el 100%? Existen casos en los que algunos convenios mejoran los mínimos establecidos a través de lo que se conoce como complemento de incapacidad temporal. La Seguridad Social o la mutua correspondiente cubren la parte legal, mientras que la empresa paga la diferencia hasta alcanzar el porcentaje establecido.
También hay que tener en cuenta que no todos los convenios ofrecen este tipo de protección. Puede que algunos contemplen complementos adicionales, pero que estos se apliquen después de varios días de baja o estén sujetos a condiciones especiales.
Un ejemplo claro de esto es el del convenio colectivo de Froneri Iberia: la empresa complementa la prestación desde el primer día hasta alcanzar el 100% del salario base durante los dos primeros procesos de enfermedad común al año. Pero a partir de la tercera baja el complemento no comienza hasta el día 16 (salvo caso excepcional como una hospitalización).
Por lo tanto, es importante estar al corriente de todas las implicaciones del convenio colectivo de tu sector laboral. Y es que incluso si este cuenta con prestaciones especiales, nada garantiza que vayan a implicar siempre alcanzar el 100% de la base o que las condiciones sean siempre las mismas.
En definitiva, alcanzar el 100% de la base estando de baja remite a dos condiciones: que el convenio colectivo lo permita, y que el trabajador cumpla con todos los requisitos y condiciones que permitan acogerse a ello.